Thursday, August 02, 2012

CERRO MATOSO contrato lesivo para el país SEPTIEMBRE 30

Gobierno no está obligado a prorrogar un contrato lesivo para el país

Tras treinta años de jugosas utilidades, de regalías mal calculadas y de ministros complacientes, todo indica que se está negociando una nueva prórroga, que no era obligatoria y con funcionarios que apenas empiezan a conocer el sector. Por: Alvaro Pardo- Publicado el: 29/07/2012

Colombia Punto Medio

         La organización Colombia Punto Medio convoca a la autoridad minera para que presente públicamente los análisis y estudios que soportan la prorroga a los contratos de concesión 866 de 1963 y 1727 de 1971, y a que abra al país una discusión que hasta ahora se ha adelantado a puerta cerrada. Igualmente, invita a estudiar otras alternativas para el uso y aprovechamiento de la única mina de níquel del país, lo que la hace estratégica para el desarrollo de la industria nacional y el manejo soberano de los RNNR. Dado que no es obligación del Estado renovar el contrato con BHP Billinton / CMSA, existen otras posibilidades, como operarla mediante un contrato de operación con terceros, sacarla a licitación pública para maximizar los ingresos de la Nación e incluso renegociar el contrato lesivo con el actual concesionario, mejorando radicalmente las condiciones económicas para el país.            La renovación del contrato de Cerro Matoso hasta el año 2029, como señaló recién el ministro de Minas y Energía, Mauricio Cárdenas, desconoce los llamados de atención de la Contraloría General de la Nación y las conclusiones de varias consultorías contratadas entre el 2008 y 2010 por Ingeominas, en el sentido de que su prorroga es altamente inconveniente para los intereses de la Nación. El anuncio fue hecho durante un evento organizado por la Presidencia de la República, "Vuelta a Colombia", el 24 de julio de 2012 en la ciudad de Cartagena, según el cual BHP Billinton, propietaria de la firma CERRO MATOSO S.A., tiene asegurada su permanencia para la explotación de la mina hasta el 2029, gracias a un acuerdo suscrito en 1996, e incluso la operación podría ir hasta el 2044.          CERRO MATOSO S.A., (CMSA), suscribió en 1996 el contrato 051-96M con el entonces ministro de Minas y Energía, Rodrigo Villamizar, el cual contiene cláusulas que benefician exclusivamente los intereses de dicha compañía. Varias cláusulas van más allá de lo que las normas mineras permiten, pero en particular dos de ellas son altamente inconvenientes para el país y lesivas para el fisco nacional, pues amarraron al Estado y lo dejaron sin ninguna posibilidad de disponer libremente de sus recursos naturales no renovables y a obtener mejores beneficios en nuevas alternativas de desarrollo minero.          Se trata de la cláusula que ordena que al vencimiento de los contratos 0866 de 1963 y 1727 de 1971, sus áreas pasaban automáticamente al nuevo contrato de aporte minero 051 suscrito en 1996, modificando las condiciones en que originalmente fueron suscritos. El periodo original de los contratos 0866 y 1727 es de 30 años y vence el 30 de septiembre de 2012. No es exacto señalar que CMSA tiene derechos hasta el 2026, pues ni la normatividad vigente a la fecha de la firma de los contratos lo permite y la empresa misma, conocedora de esta circunstancia, solicitó el 10 de diciembre de 2007 a Ingeominas formalizar una nueva prórroga. Luego la compañía sí está esperando que la autoridad minera prorrogue estos contratos.          La otra clausula establece que los bienes que revierten a la Nación el 30 de septiembre de 2012, serán arrendados inmediatamente a CMSA a una tasa equivalente al 1,25% sobre la ganancia neta semestral, después de impuestos, obtenida por esta compañía. Se trata de un porcentaje mínimo, amarrado a la incertidumbre de las ganancias de la compañía y al riesgo moral de unos estados financieros que el gobierno no puede verificar, y que equivale apenas al 0,83% de las ganancias netas antes de impuestos. En otras palabras, hace 16 años se tomaron las decisiones más importantes del contrato que ahora el ministro Cárdenas dice va hasta el 2026, sin que medie ningún estudio sobre la conveniencia técnica y económica de contratar nuevamente con el mismo concesionario.          Llama la atención que el Ministro, desconociendo conceptos y estudios contratados por Ingeominas, haga este tipo de pronunciamientos, aferrándose a la letra de un contrato lesivo que satisface en cada clausula el interés particular de CMSA y que no refleja el interés general de la Nación, más allá de tener unos ingresos por regalías e impuestos. Un análisis interno de Ingeominas, consignado en el acta 04 de la Junta Directiva del 28 de marzo de 2008, señala que el Estado no está en la obligación de conceder la prórroga del contrato minero, pues si bien CMSA puede solicitarla, la autoridad minera debe estudiar la viabilidad y conveniencia de la misma.          Agrega que "dado que el contrato 866 prevé la reversión gratuita de todos los bienes en el año 2012 y su entrega en comodato a CERRO MATOSO S.A., por un canon estipulado contractualmente, con la prorroga se estarían vulnerando expectativas económicas del Estado a partir de ese año por un valor aproximado a los nueve millones de dólares semestrales, por lo cual no resulta conveniente conceder la prorroga solicitada". Varias consultorías contratadas por Ingeominas entre el 2008 y 2010, entre ellas una con el actual Procurador General de la Nación, Alejandro Ordoñez, expresan la inconveniencia para el país de prorrogar las concesiones con CERRO MATOSO S.A. Analizadas las consecuencias de la prórroga, el Procurador advierte que el "concedente debe ponderar las circunstancias técnicas y económicas en que se daría la prorroga evitando cualquier efecto económico negativo para el estado". El estudio de Luis Jorge Ferro Casas concluye que "no es conveniente para la Nación proceder a una prorroga inmediata de la concesión con los términos vigentes", y hace un llamado para redefinir el canon de arrendamiento de los bienes revertidos a la Nación, pues una tasa de 1,25% apenas cubre las expectativas de inflación. También la consultoría contratada con Carlos Antonio Espinosa Pérez concluye que las modificaciones hechas a los contratos 866 y 1727 de CMSA son altamente inconvenientes para el Estado ya que las mismas entran en contravía con la normatividad existente y aplicable. En el mismo sentido y en diversas oportunidades, la Contraloría General de la Nación ha llamado la atención sobre el grave daño que se causaría a la Nación la prórroga de este contrato en las condiciones establecidas en 1996. Julio 28 de 2012. 



0 Comments:

Post a Comment

<< Home